La lucha contra la evasión fiscal y el blanqueamiento de dinero negro procedente de actividades delictivas, de la corrupción o de la malversación de fondos públicos han sufrido un serio revés. El 22 de noviembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) invalidó uno de los avances más significativos de los últimos años en la lucha contra los paraísos fiscales y por la transparencia financiera: la libre consulta por los ciudadanos europeos de los registros que identifican a los beneficiarios reales de las empresas creadas en la Unión. Esta posibilidad se había abierto con la quinta directiva antiblanqueamiento de 2018 y no había hecho más que empezar a aplicarse y surtir efecto. Por ejemplo, les había permitido a los periodistas establecer, en la encuesta OpenLux, publicada en febrero de 2021, que el 45 % de las empresas registradas en Luxemburgo, con un total de 6.5 billones de euros en activos, eran, en realidad, puras sociedades pantalla sin actividad económica real en el país, lo que confirma su papel de actor clave de la evasión fiscal en el corazón de Europa. Como era de esperar, en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por un tribunal luxemburgués, que propietarios de empresas registradas en el Gran Ducado habían acogido, el TJUE dictó sentencia, amparándose en «el respeto de la vida privada y la protección de los datos personales». Sin esperarlo, Luxemburgo y los Países Bajos, paraísos fiscales para las multinacionales, saltaron a la palestra anunciando, apenas unas horas después de la sentencia, que suspendían el acceso público a sus registros nacionales.

Esta decisión equivale a considerar que sólo las autoridades y las instituciones financieras tienen derecho a contribuir a la lucha contra el blanqueamiento de capitales, con un acceso privilegiado al registro nacional o cooperando entre sí para acceder a la información en los registros de otros países europeos. Esto ignora la realidad de los bloqueos y la lentitud de la cooperación internacional en este ámbito, cosa que los paraísos fiscales siempre han aprovechado para proteger sus intereses. Sin embargo, la dificultad para identificar, en Europa, los activos de los oligarcas rusos sometidos a sanciones por su proximidad al régimen de Putin, responsable de una nueva guerra en nuestro continente, ha ilustrado recientemente los límites de las medidas de transparencia vigentes para luchar contra el fraude y el blanqueamiento de capitales. Privar a los denunciantes, a las ONG o a los periodistas de la posibilidad de consultar libremente la información más básica sobre la identidad de los propietarios reales de las empresas de la Unión es nada menos que un servicio a los detractores de la transparencia financiera. Es un gran paso atrás. Optar, hoy, por aumentar la opacidad es optar por la complicidad con los flujos financieros ilícitos y sus beneficiarios.

Optar, hoy, por aumentar la opacidad es optar por la complicidad con los flujos financieros ilícitos y sus beneficiarios.

NAJAT VALLAUD-BELKACEM

Offshore Leaks, Panama Papers, Paradise Papers, LuxLeaks, Pandora Papers, Open Lux: ¿cuántos escándalos harán falta para que, por fin, tengamos medios para luchar eficazmente contra estas prácticas? Las grandes empresas y los particulares que se organizan para evadir impuestos impunemente están privando a los Estados de los ingresos que necesitan para invertir en servicios públicos esenciales, como la salud y la educación, para reformar su gobernanza o luchar contra el cambio climático. En un momento en el que muchos países sufren inflación, la economía mundial se ralentiza; la pandemia de COVID 19 y la guerra de Ucrania provocan un aumento global de la pobreza y la desigualdad; se necesita, ahora más que nunca, una movilización sin precedentes de recursos públicos para arreglar el planeta. La laxitud de la evasión fiscal y el blanqueamiento de dinero no sólo es moralmente inaceptable, sino que refuerza prácticas que perjudican el bien público y socavan los esfuerzos de la mayoría de la población para afrontar el futuro. Las mayores fortunas del mundo, los delincuentes, los personajes políticos o jefes de Estado que ocultan sus ingresos, actividades, sobornos y dinero público desviado a empresas opacas en paraísos fiscales expresan, en última instancia, con sus prácticas, la misma indiferencia hacia los demás, el mismo egoísmo, la misma codicia. La indignación unánime ante las revelaciones de prácticas posibilitadas por el silencio de la legislación, por la laxitud de las autoridades o por el cinismo de los paraísos fiscales debe traducirse finalmente en decisiones políticas a la altura del desafío.

La decisión del TJUE podría volver a sumir a Europa en una opacidad financiera anacrónica y preocupante. Sin embargo, llega justo en el momento en el que las instituciones europeas han empezado a negociar la sexta directiva contra el blanqueamiento de capitales, que deberá reafirmar el legítimo interés de los ciudadanos, de los medios de comunicación y de las ONG por seguir teniendo acceso a los registros de beneficiarios de las empresas registradas en la Unión. Por tanto, no todo está perdido y hay margen para el progreso.

La decisión del TJUE podría volver a sumir a Europa en una opacidad financiera anacrónica y preocupante.

NAJAT VALLAUD-BELKACEM

Así, mientras que la directiva actual exige un registro para las empresas, no se pronuncia sobre los fideicomisos. Estas entidades de derecho anglosajón, que no pueden crearse en Francia, albergan activos gestionados en nombre de sus propietarios reales por una persona de confianza (un «trustee»). Creadas originalmente para proteger las herencias minimizando los impuestos sobre sucesiones, son auténticas pantallas reguladoras frente a Hacienda, muy apreciadas por fraudes en especial. Pueden utilizarse con fines de blanqueamiento de capitales durante la fase de «apilamiento» (multiplicación de las operaciones bancarias para ocultar el origen de los fondos) y para reintegrar los flujos financieros ilícitos en la economía legal. La OCDE considera que la confianza «constituye, muchas veces, el último nivel de anonimato para quienes pretenden ocultar su identidad». El Banco Mundial calcula que, en el 70 % de los casos de corrupción de los últimos 30 años, han intervenido empresas ficticias o fideicomisos. Por lo tanto, tal y como solicitó recientemente el Parlamento Europeo, es esencial que la sexta directiva obligue a identificar a los beneficiarios reales de los fideicomisos del mismo modo que a las demás personas jurídicas. Algunos países europeos ya tomaron la iniciativa de crear registros nacionales de fideicomisos, pero, bajo la influencia del Reino Unido, la actual legislación europea ha dejado en manos de los Estados miembros la decisión de abrir al público el acceso a su información. Como ya lo hicieron unos diez países europeos, también es necesario garantizar una publicidad suficiente de los registros de beneficiarios de fideicomisos para disuadir de prácticas ilegítimas. Francia, por su parte, controla los fondos constituidos en el extranjero que tienen efectos en su territorio, lo que limita estrictamente el acceso a esta información a toda persona que pueda justificar un interés legítimo reconocido por el juez: en este marco de protección de las libertades, los periodistas, las ONG y las asociaciones que ejercen una actividad relacionada con la prevención o la lucha contra el blanqueamiento de capitales o contra la financiación del terrorismo deben poder acceder a esta información de interés general.

También hay que corregir otras lagunas detectadas en la normativa actual. En primer lugar, la obligación de informar debería ampliarse a todos los beneficiarios efectivos de las empresas, mientras que las normas actuales de la Unión Europea sólo exigen un umbral del 25 % de la propiedad para figurar en el registro. Algunos propietarios de capital que desean ocultar su identidad se organizan para crear varias empresas ficticias con el fin de repartir sus activos y se mantienen, al mismo tiempo, por debajo de los umbrales de publicación. Para ser plenamente eficaces y dejar de ser eludidas, las normas de transparencia sobre titularidad real deben prever la declaración de todos los propietarios desde el momento en el que posean una acción. En segundo lugar, las empresas registradas en el extranjero, pero que invierten, operan o adquieren activos en un país de la Unión, deben revelar sus beneficiarios efectivos en las mismas condiciones que las empresas europeas, pues, actualmente, están exentas de este requisito de revelación. Cuando estas empresas están registradas en un paraíso fiscal o bancario y participan en un acuerdo financiero en un país de la Unión, es imposible saber quién está detrás de la operación. La reciente propuesta de la Comisión Europea sobre obligar a las personas jurídicas extranjeras que adquieran bienes inmuebles o entablen una relación comercial en un país de la Unión Europea a registrar a los beneficiarios es un pequeño paso que va por buen camino; es incomprensible seguir excluyendo a las empresas o fideicomisos extranjeros de este requisito mínimo de transparencia únicamente por el hecho de que ya posean bienes inmobiliarios en la Unión.

Sin embargo, crear la obligación de registrar a los beneficiarios efectivos de las empresas no es suficiente si no se respeta plenamente. Se calcula que en Francia el 25% de las empresas obligadas a declarar a sus beneficiarios efectivos siguen eludiendo sus obligaciones, sobre todo las sociedades patrimoniales no comerciales, que pueden adquirir bienes inmuebles. Sin embargo, también pueden utilizarse para ocultar la identidad de sus propietarios de manera tan fácil como que las transferencias de acciones no requieren una escritura notarial o refrendada por un abogado. Parece necesario someter las transferencias de acciones superiores a 1 millón de euros en el seno de los SCI a la intervención de profesionales sujetos al régimen de declaración de beneficiarios efectivos. Además, es esencial controlar sistemáticamente el cumplimiento de las obligaciones de registro de los beneficiarios de las empresas movilizando las administraciones competentes y cruzando las referencias de los expedientes disponibles.

Además, los países de la Unión ahora tienen la obligación de hacer compatibles sus registros nacionales de beneficiarios efectivos y sus especificaciones técnicas en cuanto a finalidad, cobertura y contenido deben armonizarse. Éste es el objetivo del régimen europeo único y centralizado creado en 2021, basado en la interconexión de los registros nacionales de beneficiarios, pero que todavía no es efectivo hasta la fecha. La Comisión Europea, responsable de velar por la correcta aplicación de la legislación europea, debe pedir cuentas a los Estados miembros recalcitrantes, a menos que permita que persistan sistemas heterogéneos que representan distorsiones de la competencia y obstáculos para la transparencia financiera. Su propuesta, formulada en el marco de la sexta directiva, de crear un formato común para la información de estos registros es, sin duda, un punto de apoyo que nos permitirá avanzar en la dirección correcta.

La Comisión Europea, responsable de velar por la correcta aplicación de la legislación europea, debe pedir cuentas a los Estados miembros recalcitrantes.

NAJAT VALLAUD-BELKACEM

Por último, Francia debería aprovechar la próxima transposición de la directiva europea sobre las declaraciones país por país para reforzar realmente la transparencia de las empresas multinacionales francesas y obligarlas a comunicar públicamente, en una declaración específica, la lista de sus actividades y los impuestos sobre los beneficios que pagan en cada uno de los países donde operan. Actualmente, la directiva sólo prevé la declaración de actividades dentro de la Unión Europea y de los países incluidos en la lista de paraísos fiscales, lo que excluye a más de tres cuartas partes de los países del mundo. Los países en desarrollo, más afectados por la evasión fiscal de las multinacionales extranjeras, seguirían sin tener acceso a la información necesaria para combatir estas prácticas. Por lo tanto, el legislador francés tendrá que ir más lejos, para poder verificar que los impuestos pagados correspondan a actividades reales e identificar posibles tramas de evasión fiscal, sean cuales sean los países afectados.

En términos de transparencia financiera, nuestras renuncias se pagan con la impunidad de la delincuencia fiscal y con el aumento de la circulación de dinero negro. Todos éstos son reveses para nuestras democracias. En un mundo plagado de inestabilidad, el desarme contra los flujos financieros ilícitos tiene graves consecuencias. Como nos recordaba recientemente el denunciante del escándalo de los Papeles de Panamá (2016), «las empresas fantasma son las mejores aliadas de Putin», que «financian al ejército ruso y matan a civiles inocentes en Ucrania». Para luchar eficazmente contra la evasión fiscal y el blanqueamiento de capitales, la lucha por una verdadera transparencia financiera debe volver a ser una prioridad. Los próximos meses serán decisivos para adoptar, finalmente, las medidas necesarias para el interés público.