¿Trump acaba de hacer firmar a Ucrania un tratado desigual? El texto completo del acuerdo entre Estados Unidos y Ucrania sobre minerales críticos
En apariencia, el «deal» de 11 puntos firmado por Washington y Kiev, que no ofrece ninguna garantía de seguridad, parece un acuerdo de inversión.
Pero si sabemos leer entre líneas, debemos verlo como un primer paso gracias al cual Donald Trump podría reservarse una puerta de salida para avasallar a Ucrania de facto.
Los especialistas Lee Buchheit y Elena Daly se han sumergido en las brechas del texto para estudiar las posibilidades de interpretación que conlleva.
- Autor
- Lee C. Buchheit, Elena L. Daly

Existen varias formas de interpretar el documento titulado «Acuerdo bilateral que establece las condiciones generales de un fondo de inversión para la reconstrucción», que fue publicado y firmado conjuntamente por Estados Unidos y Ucrania y que traducimos aquí al español, tras unas negociaciones especialmente duras.
Una de estas lecturas es bastante favorable a Ucrania —las otras mucho menos—.
En primer lugar, el documento no prevé ninguna contribución financiera específica de los Estados Unidos al Fondo.
Lo más parecido a tal compromiso es una vaga declaración de que los Estados Unidos mantendrán «un compromiso financiero a largo plazo para el desarrollo de una Ucrania estable y económicamente próspera».
A primera vista, por tanto, todo el dinero que abunde en este Fondo, al menos al principio, pertenecerá a Ucrania.
Esta es la interpretación favorable: Ucrania está creando un vehículo offshore para coordinar la financiación de proyectos en su territorio, para el futuro y en el marco de la reconstrucción económica del país.
Ucrania se compromete desde ahora a financiar este vehículo con una parte (50 %) de sus futuros ingresos procedentes de los activos de recursos naturales pertenecientes al gobierno. Siempre según una interpretación favorable a Ucrania, este país invita al gobierno de Estados Unidos a participar en la gestión de este vehículo con el fin de atraer futuras contribuciones financieras estadounidenses, y tal vez de otras fuentes oficiales o del sector privado.
Un vehículo offshore de este tipo, que no estaría totalmente bajo el control del gobierno ucraniano, debería contribuir a disipar los temores de corrupción o mala gestión.
En resumen, según la interpretación más favorable, este acuerdo no es más que una forma de que Ucrania se asegure de que su propio dinero se utilizará en el futuro en inversiones prudentes y supervisadas en Ucrania. En otras palabras, es como si una persona aceptara que se le deduzcan cantidades regulares de su salario para alimentar su cuenta de jubilación.
Pero el texto deja espacio para otro tipo de interpretaciones —con motivaciones mucho más oscuras y desfavorables para Ucrania—.
Donald Trump ya ha declarado sin ambages que el objetivo de este acuerdo es recompensar al contribuyente estadounidense por la ayuda financiera proporcionada a Ucrania en los últimos tres años. Poner así una gran cantidad de dinero ucraniano en manos de Estados Unidos expondría potencialmente a Kiev al mismo tipo de presión que la ejercida sobre Rusia en 2022, cuando Estados Unidos y la Unión Europea congelaron 300.000 millones de dólares en activos rusos.
Esta interpretación podría explicar una de las frases más sorprendentes del acuerdo: «Los participantes se reservan el derecho de tomar las medidas necesarias para proteger y maximizar el valor de sus intereses económicos en el fondo».
El documento se puede interpretar de otras formas: por ejemplo, en ninguna parte del acuerdo bilateral se dice que el dinero del fondo se invertirá exclusivamente en Ucrania.
¿Podría desviarse parte de este dinero para reembolsar contribuciones anteriores a la financiación de la defensa de Ucrania? ¿Podría ser la motivación asegurarse de que los recursos minerales de Ucrania se vendan a compradores estadounidenses, o al menos no se vendan a adversarios de Estados Unidos como China? ¿Podría la participación del gobierno estadounidense en la gestión del fondo garantizar que las empresas estadounidenses desempeñen un papel destacado en la reconstrucción de Ucrania? Se había establecido un mecanismo similar en Irak tras el derrocamiento de Sadam Husein por una coalición liderada por Estados Unidos.
Otra interpretación posible: ¿podrían los Estados Unidos simplemente estar «cubriéndose las espaldas» con el pretexto de un acuerdo de inversión para el futuro? Imaginemos un escenario en el que Ucrania no logra mantener su independencia después de un alto el fuego porque este no incluye suficientes garantías de seguridad. En este caso, el acuerdo podría permitir a Washington hacer valer ante la nueva administración del país que Estados Unidos tiene derechos sobre la mitad de los recursos naturales de Ucrania en virtud de este acuerdo marco.
Por último, recordemos algo esencial: en la jerga de los abogados, este acuerdo bilateral es lo que se denomina «un acuerdo para entenderse» (an agreement to agree): una primera etapa que deja abiertas muchas posibilidades.
Algunas de las cuestiones que hemos mencionado anteriormente —si no todas— encontrarán respuesta tras la negociación del «Acuerdo relativo al Fondo» («Fund Agreement»), que constituirá de hecho el documento definitivo y que ambas partes se han comprometido a negociar «sin demora».
Acuerdo bilateral por el que se establecen las condiciones generales de un fondo de inversión para la reconstrucción
CONSIDERANDO que los Estados Unidos de América han prestado un importante apoyo financiero y material a Ucrania desde la invasión a gran escala de Ucrania por parte de Rusia en febrero de 2022;
CONSIDERANDO que el pueblo estadounidense desea invertir junto con Ucrania en una Ucrania libre, soberana y desvinculada;
CONSIDERANDO que los Estados Unidos de América y Ucrania desean un paz duradera en Ucrania y una asociación duradera entre sus pueblos y gobiernos;
CONSIDERANDO que los Estados Unidos de América y Ucrania reconocen la contribución que Ucrania ha hecho al fortalecimiento de la paz y la seguridad internacionales al renunciar voluntariamente al tercer arsenal de armas nucleares más grande del mundo;
CONSIDERANDO que los Estados Unidos de América y Ucrania desean asegurarse de que los Estados y otras personas que han actuado en detrimento de Ucrania en el conflicto no se beneficien de la reconstrucción de Ucrania tras una paz duradera;
POR CONSIGUIENTE, POR EL PRESENTE el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de Ucrania (cada una de ellas, un «Participante») celebran el presente acuerdo bilateral que establece los términos y condiciones de un fondo de inversión para la reconstrucción con el fin de profundizar la asociación entre los Estados Unidos de América y Ucrania, tal como se define en el presente documento.
1. Las Gobiernos de Ucrania y de los Estados Unidos de América, con el fin de lograr la paz duradera en Ucrania, tienen la intención de crear un Fondo de Inversión para la Reconstrucción (el Fondo), asociándose al Fondo a través de la propiedad conjunta, que se definirá con más detalle en el Acuerdo del Fondo. La propiedad conjunta tendrá en cuenta las contribuciones efectivas de los participantes, tal como se definen en las secciones 3 y 4. El Fondo será gestionado conjuntamente por representantes del Gobierno de Ucrania y del Gobierno de los Estados Unidos de América. Las condiciones más detalladas relativas a la gobernanza y el funcionamiento del Fondo se establecerán en un acuerdo posterior (el Acuerdo del Fondo) que se negociará rápidamente tras la celebración del presente acuerdo bilateral. El porcentaje máximo de participación en el capital y en los intereses financieros del Fondo en poder del Gobierno de los Estados Unidos de América y el poder de decisión de los representantes del Gobierno de los Estados Unidos de América estarán en la medida permitida por las leyes estadounidenses aplicables.
Ningún participante venderá, transferirá o cederá de ninguna manera, directa o indirectamente, parte de su participación en el Fondo sin el consentimiento previo por escrito del otro participante.
2. El Fondo recaudará y reinvertirá los ingresos pagados al Fondo, menos los gastos incurridos por el Fondo, y obtendrá ingresos de la monetización futura de todos los activos de recursos naturales pertinentes pertenecientes al Gobierno de Ucrania (ya sean propiedad directa o indirecta del Gobierno de Ucrania), tal como se define en la sección 3.
3. El Gobierno de Ucrania aportará al Fondo el 50 % de todos los ingresos procedentes de la futura monetización de todos los activos de recursos naturales pertinentes pertenecientes al Gobierno de Ucrania (ya sean propiedad directa o indirecta del Gobierno de Ucrania), definidos como yacimientos de minerales, hidrocarburos, petróleo, gas natural y otros materiales extraíbles, así como otras infraestructuras relacionadas con los activos de recursos naturales (como terminales de gas natural licuado e infraestructuras portuarias), según lo acordado por ambos participantes, y que pueden describirse con más detalle en el Acuerdo relativo al Fondo. Para evitar cualquier ambigüedad, estas fuentes futuras de ingresos no incluyen las fuentes actuales de ingresos que ya forman parte de los ingresos del presupuesto general de Ucrania. El calendario, el alcance y la sostenibilidad de las contribuciones se definirán con más detalle en el Acuerdo del Fondo.
El Fondo puede, a su entera discreción, abonar o reembolsar a la República de Ucrania los gastos reales incurridos en los proyectos de nueva creación cuyos ingresos reciba el Fondo.
Las contribuciones al Fondo se reinvertirán al menos una vez al año en Ucrania para promover la seguridad y el bienestar de Ucrania, tal como se establece en el Acuerdo del Fondo. El Acuerdo del Fondo también preverá futuras distribuciones.
4. Con sujeción a la legislación estadounidense aplicable, el Gobierno de los Estados Unidos de América mantendrá un compromiso financiero a largo plazo con el desarrollo de una Ucrania estable y económicamente próspera. Las contribuciones adicionales podrán consistir en fondos, instrumentos financieros y otros activos tangibles e intangibles esenciales para la reconstrucción de Ucrania.
5. El proceso de inversión del Fondo se diseñará para invertir en proyectos en Ucrania y atraer inversiones para aumentar el desarrollo, el tratamiento y la monetización de todos los activos públicos y privados de Ucrania, incluidos, entre otros, yacimientos de minerales, hidrocarburos, petróleo, gas natural y otros materiales extraíbles, infraestructuras, puertos y empresas estatales, como se puede describir con más detalle en el Acuerdo del Fondo. La intención del Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de Ucrania es que el proceso de inversión dé lugar a oportunidades para la distribución de fondos adicionales y una mayor reinversión, con el fin de garantizar una aportación suficiente de capital para la reconstrucción de Ucrania, como se prevé en el Acuerdo del Fondo.
Los participantes se reservan el derecho de adoptar las medidas necesarias para proteger y maximizar el valor de sus intereses económicos en el Fondo.
6. El Acuerdo por el que se crea el Fondo incluirá las declaraciones y garantías adecuadas, incluidas las necesarias para garantizar que las obligaciones que la República de Ucrania pueda tener con terceros, o las que pueda contraer en el futuro, no vendan, transmitan, no transferir, pignorar o gravar de otro modo las contribuciones de la República de Ucrania al Fondo o los activos de los que procedan dichas contribuciones, o la disposición de los fondos por parte del Fondo.
Al redactar el Acuerdo del Fondo, los participantes procurarán evitar conflictos con las obligaciones de Ucrania en el marco de su adhesión a la Unión Europea o sus obligaciones en el marco de acuerdos con instituciones financieras internacionales y otros acreedores oficiales.
7. El Acuerdo del Fondo preverá, entre otras cosas, el reconocimiento del carácter comercial del Acuerdo del Fondo y de las actividades previstas en el mismo.
El Acuerdo del Fondo será ratificado por el Parlamento de Ucrania de conformidad con la Ley de Tratados Internacionales de Ucrania.
8. El Acuerdo relativo al Fondo prestará especial atención a los mecanismos de control que impidan el debilitamiento, la violación o la elusión de las sanciones y otras medidas restrictivas.
9. El texto del Acuerdo relativo al Fondo será elaborado sin demora por grupos de trabajo presididos por representantes autorizados de la República de Ucrania y de los Estados Unidos de América.
Las personas de contacto encargadas de preparar el Acuerdo del Fondo sobre la base del presente acuerdo bilateral son: para el Gobierno de los Estados Unidos de América: el Departamento del Tesoro; para el Gobierno de Ucrania: el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Economía.
10. El presente Acuerdo Bilateral y el Acuerdo sobre el Fondo serán parte integral de la arquitectura de los acuerdos bilaterales y multilaterales y constituirán medidas concretas para establecer una paz duradera y reforzar la resiliencia de la seguridad económica, reflejando al mismo tiempo los objetivos enunciados en la preámbulo del presente Acuerdo Bilateral.
El Gobierno de los Estados Unidos de América apoya los esfuerzos de Ucrania para obtener las garantías de seguridad necesarias para el establecimiento de una paz duradera. Los participantes se esforzarán por identificar todas las medidas necesarias para proteger las inversiones mutuas, tal como se definen en el Acuerdo relativo al Fondo.
11. El presente acuerdo bilateral es vinculante y será aplicado por cada participante de conformidad con sus procedimientos nacionales. El Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de Ucrania se comprometen a negociar sin demora el Acuerdo relativo al Fondo.
Firmado el 25 de febrero de 2025 en inglés y en ucraniano, siendo ambos textos igualmente auténticos.